Ambientes Libres de Tabaco

EL HUMO DEL CIGARRILLO CONTIENE MÁS DE 7000 TÓXICOS, QUE PERMANECEN HASTA 15 DÍAS EN TU CASA, EN TU AUTO Y EN TU LUGAR DE TRABAJO.

CUIDEMOS EL AIRE QUE RESPIRAMOS. CUIDEMOS A QUIENES MÁS AMAMOS!!!

2 jun 2011

Argentina: Las seis claves de la nueva ley

Jueves 2 de junio de 2011
1 Con la nueva ley aprobada ayer en Diputados sólo se podrá fumar en los hogares y al aire libre : en la calle, en las plazas y parques y en los estadios no cubiertos. También podrá haber clubes exclusivamente habilitados por la autoridad competente para degustar tabaco . Queda expresamente prohibido fumar en oficinas –tanto públicas como privadas, con excepción de las oficinas privadas sin atención al público ni empleados–, casinos y bingos, boliches, bares y restaurantes, teatros, museos y bibliotecas, transporte público y estadios cubiertos .
2 Queda prohibida la publicidad de cigarrillos o de productos elaborados con tabaco en medios de comunicación y también en la vía pública. Además, los fabricantes ya no podrán auspiciar o patrocinar actividades públicas .
3 Si no se cumple con la ley en cuanto a los espacios 100% libres de humo o por la publicidad, se pueden aplicar multas . Según la infracción tendrán el valor equivalente a entre 250 y un millón  de atados de cigarrillos de 20 del mayor precio (hoy un Marlboro box cuesta 7 pesos). La multa recaerá sobre el dueño del lugar y no sobre el fumador . En la reglamentación de la ley, se establecerá quién y cómo hará las inspecciones.
4 A partir de la nueva ley, los atados de cigarrillos deberán contener advertencias sanitarias con imágenes (como “Fumar causa impotencia sexual”, “Fumar causa cáncer” o “Fumar quita años de vida”) y el número de la líneas gratuita para dejar de fumar . Además ya no podrán utilizarse las denominaciones “Light”, “Suave”, “Milds”, “Bajo contenido de alquitrán” o similares.
5 La ley también regula la composición de los cigarrillos . Desd e el segundo año de vigencia de la ley no podrán tener más de 1 miligramo de nicotina, 10 miligramos de monóxido de carbono y 10 miligramos de alquitrán.
6 Se prohíbe expresamente la venta de cigarrillos sueltos , en atados de menos de diez unidades y a través de máquinas expendedoras. Tampoco se les podrá vender a menores de 18 años, incluso si la venta es para terceros.
Fuente: www.clarin.com 

Muy buen noticia para todos. Para brindar y ponerse los pantalones largos.
Estamos cada vez más cerca de dejar de ser la vergüenza legislativa de Latinoamérica.
Falta seguir remando para la ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) Otro parto más... Pero para eso estamos como sociedad. Para defender nuestros derechos y hacernos oir. 
Salud !!! y Mejor sin Humo.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

YO TRABAJO EN EL BNGO DE MORON Y LA LEY NO SE APLICA!!! NO SOY FUMADOR ASI QUE ME MOLESTA.

Anónimo dijo...

Luego de un año de aprobada la ley en el Bingo Morón van a partir la sala al medio para fumadores y no fumadores. Como se puede evitar esta violación a la ley bajo el impresentable y ridiculo nombre de " club de fumadores de tabaco ". Lo único que falta es que fumen marihuana al lado tuyo.