Ambientes Libres de Tabaco

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CUIDEMOS EL AIRE QUE RESPIRAMOS. CUIDEMOS A QUIENES MÁS AMAMOS!!!

5 may 2009

¿¿¿Envenename y jubilame antes???


HUMO DE TABACO: TRABAJADORES DE CASINOS EXIGEN EL TRATAMIENTO DE LA LEY DE JUBILACION ESPECIAL. Argentina
APFD, 04 de Mayo de 2009.

Los trabajadores de casinos y salas de juego de azar volvieron a exigir esta semana el tratamiento de un régimen de jubilación especial, que compense la excepción de estos ámbitos de la ley antitabaco • Si no se avanza en tal sentido “pedimos que inmediatamente se prohíba fumar”,

Comentario: El gremialista recordó que “los casinos y las salas de juego quedaron exceptuados de la ley antitabaco, pero se propuso un régimen previsional especial para reparar de algún modo la situación a la que quedan expuestos los trabajadores”. 
La iniciativa proponía una modificación en uno de los artículos de la ley 8.732 de Régimen General de Jubilaciones y Pensiones. De acuerdo al texto, “en el artículo 1º se estableció que se incorpore el Inciso 1 al Artículo 37 de la ley 8.732, en el que figuraría que tendrán derecho a la jubilación ordinaria especial los afiliados de 55 años de edad y 52 años en caso de las mujeres, y 25 años de servicios”, contó. 
Efectivamente, el proyecto fue elaborado y en sus fundamentos se expresaba que “los empleados de casinos y salas de juego de azar desarrollan su actividad laboral en ambientes donde concurren personas que en una gran mayoría están afectados por distintos tipos de vicios como es el consumo de cigarrillos, el consumo de alcohol, trastornos de ansiedad por el juego compulsivo, entre otros y que ese hecho expone obligatoriamente a los empleados a que durante la jornada laboral deban respirar aire contaminado por el humo de tabaco, poner excesiva concentración en la actividad que realizan y al mismo tiempo tratar con personas que por los diversos tipos de patologías psicológicas que presentan tienen comportamientos que demandan una atención especial y calificada. Los motivos expuestos causan naturalmente en la persona de los empleados un desgaste tanto físico como mental, más acelerado que la que produce el común de las actividades laborales (...) por razones de equidad deberían ser compensados en su vida laboral con otros tipos de beneficios que permitan equilibrar la balanza de la justicia”. 
Cuello aseguró a esta Agencia que “todo esto es cierto y está científicamente demostrado”. Por eso, los trabajadores habían acordado con este proyecto inicial cuando fueron consultados por los legisladores. 
El problema se presentó cuando la Legislatura pretendió luego avanzar con un proyecto que establecía los mismos requisitos, pero planteaba que debían “ser cumplidos antes del 1º de enero de 2010”. El dirigente explicó que “esto significaba que únicamente iban a poder gozar de esa jubilación especial las personas que en este año 2009 estuvieran abarcadas en estos requisitos. Es decir que alcanzaba a un 4 o 5% de total de la planta de personal”. 

MsH: Ay, ay, ay... Estos sindicalistas sí que saben hacer negocios...

¿Tendrán la primaria a medio hacer? ¿Tendrán algo en la cabeza?...

¡Qué país generoso...!!!

Sin palabras... Mejor sin Humo.

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